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KOXKAN KALERATU ZITUZTEN LANGILEOK, ONARTUAK IZAN DIRA


KOXKAN KALERATU ZITUZTEN LANGILEOK, ONARTUAK IZAN DIRA
Readmitidos definitivamente 8 trabajadores de KOXKA, despedidos en el ERE de 2009. El Tribunal Supremo estimó que fueron discriminados por su afiliación sindical.

Los despidos se produjeron en febrero de 2009, en el marco de un ERE acordado por la empresa y por los representantes de CCOO y UGT. Trece de los despedidos (entonces afiliados de ESK, hoy la mayoría de Solidari, excepto 1 que sigue en ESK) recurrieron la Autorización administrativa que homologó el Acuerdo por entender que habían sido discriminados e incluidos en la lista de despedidos por razón de su afiliación sindical. Por diversas razones, tres de los reclamantes desistieron posteriormente del recurso. Al cabo de 3 años, en marzo de 2012, el Tribunal Supremo anuló la inclusión de los (10) reclamantes en la lista de despedidos al entender que se vulneró su derecho a la libertad sindical y a no ser discriminados por razón de afiliación, actividad u opinión sindical. Tras la Sentencia del Tribunal Supremo, la empresa se negó a readmitirlos por lo que interpusieron demandas por despido.

Los 4 Juzgados de lo Social de Navarra dictaron sentencias (en julio y septiembre) declarando que la negativa a la readmisión suponía un NUEVO DESPIDO, con vulneración en este caso de dos derechos fundamentales: nuevamente el derecho a la libertad sindical y el derecho a la tutela judicial efectiva, en la vertiente de garantía de indemnidad, que significa que nadie puede ser discriminado o represaliado por el ejercicio de una reclamación judicial legítima. En consecuencia, los 4 Juzgados, declararon NULOS los despidos condenando a la empresa a readmitir a los trabajadores y a abonarles los salarios dejados de percibir desde el 3 de abril, fecha en la que la empresa se niega a la readmisión y en la que se entienden  producidos los nuevos despidos. Las sentencias declaran que no ha lugar al abono de los salarios dejados de percibir entre el primer despido, ejecutado al amparo de la autorización administrativa en febrero de 2009, y el segundo despido que se produce en abril de 2012 como consecuencia de la negativa de la empresa a restablecer la relación laboral, una vez anulada la autorización administrativa; declarando a su vez que los trabajadores no tienen que devolver la indemnización que percibieron en su día como consecuencia del despido colectivo. Tras la sentencia, uno de los trabajadores llegó a un acuerdo económico con la empresa y en el ínterin (entre la demanda y la sentencia) otro fue declarado en situación de Incapacidad permanente.

Respecto de los ocho trabajadores restantes, tanto la empresa como los trabajadores recurrieron las sentencias: la empresa reclamando la devolución de la indemnización abonada por el primer despido y los trabajadores reclamando el abono de los salarios dejados de percibir entre el primer despido y el segundo, siendo readmitidos los trabajadores durante la tramitación de los recursos, de forma provisional, tal y como está previsto legalmente.
Recientemente, ambas partes llegamos a un acuerdo para desistir de los recursos, renunciando la empresa a reclamar la devolución de la indemnización y los trabajadores a reclamar los salarios dejados de percibir entre el primer despido y el segundo, desistimientos que ya se han producido, por lo que 1) las sentencias son firmes, 2) las readmisiones  son definitivas, 3) los trabajadores consolidan la indemnización percibida por el primer despido y 4) la empresa tiene que abonarles los salarios dejados de percibir desde el 3 de abril de 2012.

Tras casi 4 años de batalla jurídica, finalmente se ha hecho justicia, parcialmente, ya que miembros de otros sindicatos y gente no afiliada también resultó perjudicada. Queremos recordarlo y expresarles nuestra solidaridad.

Queremos señalar que además de la empresa, CCOO y UGT fueron responsables de los despidos discriminatorios, puesto que la lista de despidos del ERE formaba parte del acuerdo que firmaron. Estas prácticas perversas benefician a estos sindicatos a corto plazo, sin duda. Pero crean división en los centros de trabajo y con ello, es todo el movimiento sindical el que se debilita y los empresarios los que salen beneficiados a la larga.

Es absolutamente necesario que estos sindicatos erradiquen estas prácticas si quieren recuperar credibilidad para hacer frente al brutal expolio de derechos laborales y sociales que estamos sufriendo de manos de la derecha y de los poderes económicos.     

Iruña-Pamplona, 17 de enero de 2013.  







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