Condenada una empresa de limpieza en Navarra por no reconocer los cinco días de permiso por hospitalización de un familiar
La sentencia señala que aunque el paciente haya sido dado de alta del hospital como la recuperación continúa en el domicilio, la persona trabajadora puede consumir dicho permiso retribuido en concepto de cuidado, informa Solidari.El Juzgado de lo Social nº 1 de Pamplona ha dictaminado que las personas trabajadoras por cuenta ajena tienen derecho, de conformidad con reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo, a cinco días laborables de permiso por hospitalización de un familiar. Así lo ha indicado en una nota la asesoría jurídica de la Asociación Sindical Solidari, a quien se le ha notificado recientemente el fallo.
«Es importante esta sentencia porque hay empresas que presentan una gran resistencia a aplicar correctamente los permisos retribuidos por infortunios familiares», han señalado Lucía García Fernández y Arantxa Avelino Goikoetxea, trabajadoras de la limpieza y miembros de la Comisión provincial de Asociación Sindical Solidari Langile Elkartea.
Ambas han recordado que «algunas compañías recortan y exprimen al límite la ampliación de los derechos conseguidos por las personas trabajadoras», en este caso no permitir el uso de los cinco días que marca la legislación laboral al personal asalariado. Por ese motivo, han insistido en que dichas empresas obligan a las personas trabajadoras a recurrir al litigio.
En este caso, la trabajadora denunció a la empresa de limpieza porque su familiar estuvo dos días ingresada, y continuó la recuperación en su domicilio. Así, la compañía solo le reconocía los dos días de estancia en el hospital, y no así los tres días restantes que le quedaban por consumir por cuidado al encontrarse en reposo dicho familiar.
La nota de Solidari remarca que el dictamen viene a reconocer que para generar el permiso basta el hecho de la hospitalización, «sin que sea preciso que la enfermedad o accidente que la motiva sea más o menos grave».


