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KOXKA CONDENADA A READMITIR A TRABAJADORES DESPEDIDOS


KOXKA CONDENADA A READMITIR A TRABAJADORES DESPEDIDOS
El Juzgado de lo Social número 3 de los de Navarra, ha dictado 3 sentencias (notificadas los días 24 y 26 de julio) condenando a KOXKA a readmitir a 3 trabajadores que fueron despedidos en febrero de 2009, en el marco del ERE acordado entre la empresa y los representantes de UGT y CC.OO. Son las 3 primeras sentencias de un total de 10 reclamaciones por despido interpuestas por otros tantos trabajadores, en las mismas circunstancias.

Previamente, en marzo de 2012, el Tribunal Supremo anuló la inclusión de dichos trabajadores en el listado de despidos forzosos, por entender que hubo discriminación sindical al confeccionar dicho listado, que formaba parte del acuerdo firmado por la empresa y los representantes de UGT y CC.OO. La mayoría de estos despedidos pertenece a SOLIDARI, excepto uno que siguió en ESK, tras la separación producida en junio de 2010.

Tras la Sentencia del Tribunal Supremo, la empresa se negó a readmitirlos, por lo que tuvieron que interponer nuevas demandas por despido. El Juzgado de lo Social 3 ha declarado que la negativa de la empresa a restablecer el contrato de trabajo extinguido en febrero del 2009, con vulneración del derecho de libertad sindical (discriminación antisindical) constituye un nuevo despido nulo, por discriminatorio, y condena a la empresa a readmitir a los 3 trabajadores y a abonarles los salarios dejados de percibir desde el 3 de abril de 2012, fecha en que la empresa les comunicó la negativa a readmitirlos tras conocerse la Sentencia del Tribunal Supremo.

Las Sentencias no son firmes aún: contra las mismas cabe interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra. En el caso de que la empresa recurra, viene obligada a readmitir a los trabajadores y a abonarles el salario mientras dure la tramitación del recurso, a menos que prefiera abonarles el salario sin contraprestación de servicios.

Estas 3 sentencias constituyen un nuevo paso en la reparación de unos despidos discriminatorios que nunca debieron producirse y de los que son corresponsables tanto la empresa como los representantes de UGT y CC.OO.


SOLIDARI.

Iruña-Pamplona, 27 de julio de 2012.





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